Una de las formas más inteligentes para cumplir con el nuevo etiquetado, es haciéndolo desde su origen de importación, exhibiendo dicho etiquetado con la norma de información comercial o sanitaria correspondiente.
Para esto, puedes solicitar que tu proveedor lleve a cabo el etiquetado a través del engomado que le envíes, y en caso de que tu proveedor no acceda, puedes contratar a un verificador para que lo realice.
En caso de que tus productos importados lleguen a territorio nacional sin cumplir con las reglas de etiquetado, puedes llevar a cabo dicho cumplimiento a través de dos vías:
Si tu producto no cumple con el etiquetado, no puedes enviarlo al régimen de importación definitiva, y lo que debes hacer es solicitar al agente aduanal el ingreso de la mercancía a un AGD autorizado como régimen de depósito fiscal.
La Ley Aduanera establece que en el régimen de depósito fiscal se pueden hacer ciertas acciones para la presentación comercial del producto, lo cual nos permite acudir al depósito fiscal para llevar a cabo el etiquetado de la mercancía.
Por el momento, el etiquetado se puede cumplir a través de engomados que cumplan con las características de la NOM, pegándolos en cada uno de los productos importados.
Para lograr este proceso, es necesario contratar a un AGD acreditado y aprobado como UVA, lo cual puede resultar costoso por las “cuotas mínimas” de los almacenes.
Además, deberás adjuntar al pedimento de importación, lo siguiente:
Otra manera de cumplir con el etiquetado en territorio nacional, es solicitar a una UVA la autorización para trasladar la mercancía importada a un domicilio particular.
Este proceso es más económico que el etiquetado en ADG, pues la UVA lleva a cabo la verificación de cumplimiento en el domicilio particular que señales.
Para llevar a cabo este proceso, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:
Los Programas de Promoción Sectorial (PROSEC) son un instrumento de personas morales productoras de determinadas mercancías, que pueden importar con un arancel ad-valorem preferencial.
Los bienes que se pueden importar vía PROSEC están clasificados en 24 categorías que van de la industria eléctrica, hasta fertilizantes.
Para cumplir con las reglas del etiquetado a través de esta vía, se debe realizar una solicitud de registro al SAT y presentar el trámite ante Ventanilla Digital de Comercio Exterior (VUCEM).
Además se deberá cumplir con los siguientes requisitos:
La resolución de autorización de esta solicitud, será emitida en un plazo que no deberá exceder los 15 días hábiles.
Parece un juego de palabras, pero es demasiado sencillo, notar lo complicado que las autoridades hacen el proceso de comercio exterior.
La Secretaría de Economía debe velar para que los trámites aduanales no se conviertan en un edificio más para la burocracia, o en este caso, en una carrera de obstáculos para importadores.
La asesoría puede ser una pieza clave en tus importaciones, por ello es recomendable acercarnos a las agencias aduanales de confianza, para conocer las estrategias que más se ajustan a nuestra mercancía.
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